Cómo consultar tus apoderamientos en el REA-AGE

Representación electrónica

Consulta tus poderes en el REA-AGE para revisar su estado, vigencia y alcance

La persona poderdante y la persona apoderada pueden consultar online los apoderamientos que tengan vinculados en el Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado. Antes de usar un poder, comprueba que figura autorizado, sigue vigente y cubre el trámite y el organismo concretos.

Ámbito estatal
Consulta identificada
REA-AGE

Información oficial consultada el 22 de septiembre de 2026.

Quién puede consultar
Poderdante o persona apoderada
Acceso
DNIe o certificado digital reconocido en vigor
Vigencia máxima
Cinco años desde la inscripción

Qué puedes consultar en el REA-AGE

El REA-AGE permite consultar los poderes inscritos para actuar ante la Administración General del Estado y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes que estén adheridos. No es un registro público: solo podrás ver los apoderamientos en los que figures como persona poderdante o como persona apoderada.

En la ficha de cada poder conviene revisar, como mínimo, la identidad de ambas partes, la fecha de inscripción, el periodo de vigencia y el tipo de poder. La aplicación puede mostrar también el organismo o los trámites a los que se refiere y el estado que tenga el apoderamiento.

Cómo consultar tus apoderamientos paso a paso

  1. Accede a la aplicación oficial del Registro Electrónico de Apoderamientos.
  2. Identifícate electrónicamente con DNI electrónico o con un certificado digital reconocido en vigor.
  3. Abre la opción de consulta de apoderamientos para ver los poderes vinculados a tu identidad.
  4. Entra en la ficha del poder que quieras revisar y comprueba las partes, el tipo de poder, el organismo o los trámites incluidos, el estado y la fecha final de vigencia.
  5. Si vas a utilizarlo en un procedimiento, verifica también en el Sistema de Información Administrativa y en la sede electrónica del organismo competente que ese trámite admite representación y que las facultades inscritas son suficientes.

Qué significa el estado del apoderamiento

Para utilizar un poder, no basta con que aparezca inscrito: debe constar como autorizado y estar vigente. Según la modalidad de inscripción, el apoderamiento puede quedar autorizado cuando la persona apoderada lo acepta o cuando el poder presentado por ella obtiene un bastanteo favorable.

Si figura pendiente de aceptación o de bastanteo, no debe tratarse como plenamente utilizable. Si ha caducado, habrá que revisar las opciones de gestión del apoderamiento antes de pretender usarlo en otro procedimiento.

Comprueba si el poder sirve para el trámite que vas a realizar

El REA-AGE admite poderes generales ante cualquier Administración, poderes generales ante una Administración u organismo concreto y poderes limitados a determinados trámites. Un poder limitado no se extiende a actuaciones que no estén incluidas en sus facultades.

Para un poder referido a trámites concretos, el procedimiento debe estar previamente identificado en el Sistema de Información Administrativa con capacidad para iniciarse mediante representante. La sede de la unidad tramitadora puede requerir comprobaciones adicionales dentro del procedimiento.

La inscripción en el REA-AGE es un medio válido para acreditar la representación, pero el órgano tramitador puede comprobar si las facultades son suficientes para la actuación concreta.

El REA-AGE no sustituye todos los registros de apoderamientos

Esta consulta tiene ámbito estatal. No equivale a consultar todos los poderes inscritos ante comunidades autónomas, entidades locales u organismos estatales que dispongan de un registro particular. Si el trámite corresponde a otra Administración o a un organismo con registro propio, revisa su sede electrónica.

Vigencia, justificante y posibles incidencias

Un poder inscrito tiene una vigencia máxima de cinco años desde la fecha de inscripción. La persona poderdante puede revocarlo o prorrogarlo antes de que finalice; cada prórroga tiene también una duración máxima de cinco años. Comprueba siempre la fecha de caducidad que figure en la ficha concreta.

El resultado de la consulta al registro puede incorporarse al expediente cuando sea necesario acreditar la representación. No se ha verificado que la mera consulta, sin una operación de inscripción, aceptación, revocación o renuncia, genere un justificante descargable específico.

No se ha identificado un plazo de presentación, un plazo máximo de resolución, un régimen de silencio administrativo ni una tasa específica aplicables a la mera consulta de apoderamientos. Por ello, esta guía no asigna un importe a esa operación.

Si el organismo considera insuficiente la representación

Cuando la acreditación de la representación falte o sea insuficiente en un procedimiento administrativo, el órgano debe conceder con carácter general un plazo de diez días para aportarla o subsanar el defecto, salvo que proceda un plazo superior por las circunstancias del caso. Este plazo se refiere al procedimiento donde se pretende actuar mediante representante, no a la consulta ordinaria del REA-AGE.

Si necesitas gestionar el poder, utiliza el canal específico del REA-AGE. La sede advierte de que una solicitud de inscripción enviada mediante el Registro Electrónico General puede ser rechazada cuando existe un procedimiento electrónico específico.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede consultar un apoderamiento en el REA-AGE?

Puede consultarlo la persona poderdante y también la persona apoderada, siempre respecto de los poderes vinculados a su propia identidad electrónica. El registro no tiene carácter público.

¿Qué identificación electrónica necesito?

La información oficial del servicio indica que debes identificarte con DNI electrónico o con un certificado digital reconocido en vigor. No se ha confirmado para esta guía la lista completa de métodos alternativos que pudiera ofrecer la aplicación.

¿Puedo ver los poderes que he otorgado y los que he recibido?

Sí. La persona poderdante puede consultar los apoderamientos que ha otorgado y la persona apoderada puede consultar los poderes que tenga vinculados.

¿Cuánto dura un poder inscrito en el REA-AGE?

La vigencia máxima es de cinco años desde la inscripción. Puede prorrogarse antes de su finalización, pero cada prórroga tiene igualmente una duración máxima de cinco años. Revisa la fecha concreta que aparezca en la ficha.

¿Un poder del REA-AGE sirve para cualquier trámite?

No automáticamente. Debes comprobar el tipo de poder, sus facultades, el organismo destinatario y que el trámite admita actuación por representante según el Sistema de Información Administrativa y la sede competente.

¿Qué hago si el poder aparece pendiente?

Un poder pendiente de aceptación o de bastanteo no debe considerarse plenamente utilizable hasta que figure autorizado. Revisa el estado concreto mostrado por la aplicación y, si procede, realiza la gestión correspondiente a través del canal específico del REA-AGE.

Fuentes oficiales