Cómo enviar varios archivos por el Registro Electrónico General

Registro Electrónico General

Puedes adjuntar hasta 5 archivos por asiento, de 10 MB como máximo cada uno y 15 MB en total

Si necesitas enviar más documentación o superas alguno de esos límites, puedes hacer varios asientos registrales. Antes, comprueba que el procedimiento no tenga una sede o formulario específico obligatorio: el REG-AGE no sustituye ese canal.

Máximo: 5 archivos
10 MB por archivo
15 MB en total

Límite por asiento
5 documentos adjuntos
Tamaño individual
Hasta 10 MB por archivo
Tamaño conjunto
Hasta 15 MB en total

Antes de adjuntar los archivos: comprueba si el REG-AGE es el canal correcto

El Registro Electrónico General de la Administración General del Estado permite presentar solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a órganos de la AGE, sus organismos públicos o entidades vinculadas. También puede remitir documentos a administraciones autonómicas o locales integradas en el Sistema de Interconexión de Registros.

Sin embargo, no debes usarlo como vía genérica si el trámite tiene una sede electrónica, un formulario normalizado o un régimen especial que obliga a presentar por otro canal. En ese caso, el escrito enviado por el REG-AGE puede rechazarse o no tenerse por presentado.

Qué documentos puedes preparar

  • El escrito, solicitud o comunicación que vas a presentar.
  • Los anexos que justifiquen o completen tu petición.
  • Una referencia del expediente, si ya existe.
  • La acreditación de la representación, cuando actúes en nombre de otra persona y sea necesaria.

El manual del servicio enumera, entre otros, formatos DOCX, JPG, JPEG, ODT, ODS, ODP, PNG, PPTX, PDF, RTF, TIFF, TXT, XLSX y XML. No des por hecho que se admitirán archivos comprimidos u otros formatos no incluidos. Tampoco se admiten las carteras PDF.

Cómo enviar varios archivos por el REG-AGE

  1. Localiza el procedimiento y el órgano destinatario. Revisa primero la sede del organismo competente para confirmar que no exige un trámite específico. Si el REG-AGE es admisible, identifica correctamente el órgano al que diriges el escrito.
  2. Ordena los anexos. Agrupa los documentos que correspondan al mismo escrito y comprueba que no superan 5 archivos, 10 MB por archivo ni 15 MB en conjunto.
  3. Accede e identifícate. El servicio admite certificado digital o DNI electrónico, Cl@ve PIN y Cl@ve Permanente. Si presentas como representante, identifica también a la persona interesada y asegúrate de poder acreditar la representación cuando proceda.
  4. Completa el escrito. Selecciona el órgano o entidad destinataria y rellena el asunto, el apartado de exposición y la solicitud. Describe de forma clara qué envías y para qué procedimiento o expediente.
  5. Adjunta los documentos y revisa el resumen. Verifica que cada archivo es el correcto antes de firmar. El registro no garantiza por sí mismo que el órgano seleccionado sea competente ni que la documentación cumpla los requisitos materiales del procedimiento.
  6. Firma y presenta. El REG contempla firma no criptográfica vinculada a la identificación mediante Cl@ve y firma con certificado electrónico; esta última puede requerir AutoFirma.
  7. Descarga el justificante. Conserva el recibo electrónico de cada asiento, especialmente si la documentación queda repartida en varios envíos.

Qué hacer si tienes más de 5 archivos o superas el tamaño máximo

El límite se aplica a cada asiento registral. Si tienes más de 5 anexos, el conjunto supera 15 MB o algún archivo no cabe dentro del máximo de 10 MB, prepara la documentación en envíos que respeten esos límites.

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El manual oficial indica que puedes realizar varios registros. Tras presentar el primero, haz un segundo asiento con el resto de la información y menciona en el asunto el número de registro del primer envío. Conviene explicar también que los documentos forman parte del mismo escrito o expediente y conservar todos los justificantes.

Presentar varios asientos no sustituye una subsanación formal ni asegura que el órgano los vincule automáticamente a un expediente. Si ya has recibido un requerimiento, sigue el canal y las instrucciones indicados por el órgano que lo emitió.

Justificante de presentación: qué debes guardar

Al presentar correctamente el registro se genera un recibo firmado electrónicamente. Incluye el número de registro, la fecha y hora de presentación, una copia del escrito y, cuando existan, la relación de documentos adjuntos.

Descárgalo y guárdalo en formato electrónico. Si haces varios asientos, conserva el justificante de cada uno y anota la relación entre sus números de registro.

Fecha de presentación y plazos

El REG-AGE está disponible todos los días del año, las 24 horas. La fecha y hora del asiento determinan la presentación. Si presentas en un día inhábil, el envío se entiende realizado a primera hora del siguiente día hábil, conforme a la información del servicio.

El REG-AGE no fija un plazo general para que se resuelva tu asunto ni permite conocer un sentido de silencio administrativo común: ambas cuestiones dependen del procedimiento y del órgano destinatario.

Si el órgano te requiere formalmente para subsanar una solicitud incompleta, la regla general de la Ley 39/2015 es un plazo de 10 días, ampliable hasta 5 días en los supuestos legalmente previstos. Revisa siempre el requerimiento, porque debe indicar el plazo y el canal aplicable.

Cómo comprobar el estado del envío

Desde la consulta de registros puedes revisar los asientos asociados, descargar el justificante y consultar su trazabilidad. El manual del REG describe los estados Enviado, Recibido y Rechazado.

Estos estados se refieren al tránsito del asiento registral. Que figure como recibido no equivale por sí solo a que el escrito haya sido admitido, incorporado a un expediente o resuelto favorablemente.

Canal presencial y tasa

También puedes presentar documentación en una oficina de asistencia en materia de registros cuando proceda. La disponibilidad, el horario y la posible cita previa dependen de cada oficina, por lo que conviene comprobarlos antes en el buscador oficial.

La información oficial del REG-AGE no identifica una tasa propia por usar el registro o adjuntar documentos. Esto no significa que el procedimiento destinatario sea gratuito: puede tener una tasa independiente que debes comprobar en la sede del órgano competente.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos archivos puedo adjuntar en el REG-AGE?

Hasta 5 archivos por asiento registral, con un máximo de 10 MB por archivo y 15 MB para el conjunto de anexos.

¿Qué hago si tengo más de 5 documentos?

Puedes realizar varios asientos. Después del primero, presenta otro con los archivos restantes e indica en el asunto el número de registro del primer envío. Conserva todos los justificantes.

¿Puedo adjuntar un archivo de más de 10 MB?
¿El REG-AGE sustituye al formulario de un ministerio, comunidad autónoma o ayuntamiento?

No necesariamente. Si el procedimiento establece una sede, un formulario normalizado o un canal específico obligatorio, debes utilizar esa vía. El REG-AGE no reemplaza los requisitos del trámite destinatario.

¿Qué justificante entrega el Registro Electrónico General?

Genera un recibo electrónico firmado con el número de registro, la fecha y hora de presentación, una copia del escrito y la relación de anexos cuando los haya.

¿El estado recibido significa que mi expediente ya está en tramitación?

No. El estado del REG informa sobre el asiento registral y su trazabilidad. El estado del expediente debe consultarse en el sistema o sede que utilice el órgano responsable del procedimiento.

Información oficial consultada el 21 de septiembre de 2026. La interfaz, los límites y los formatos pueden cambiar.

Fuentes oficiales